Resumen
En este trabajo pretendemos indagar e historizar el proceso legal que avala la delimitación de las provincias que hoy conocemos como Río Negro y sus vecinas del Neuquén, La Pampa, Buenos Aires y del Chubut.
Partimos de considerar que la construcción de cualquier tipo de límite se corresponde a una cuestión política de apropiación del territorio y de un marco técnico y legal que avala la normativa que se encuentra vigente. Sin embargo, las fronteras como construcciones sociales no se encuentran exentas de conflictos o miradas contrapuestas sobre los espacios donde se manifiestan.
El objetivo de este artículo es hacer una breve síntesis sobre el contexto en el que se elaboró el avance y la construcción de la frontera nacional desde Buenos Aires hacia la Patagonia al suroeste a fines del siglo XIX, para luego vislumbrar la delimitación establecida entre Río Negro y las provincias lindantes; veremos cómo se construyeron dichos límites.
Palabras clave: territorio, frontera, meridiano, ley, Río Negro.
Introducción
El proceso de construcción del Estado nacional supuso la incorporación de los territorios que estaban bajo dominio indígena. Así, en 1879 se produjo la Campaña del Desierto que implicó la anexión de los territorios patagónicos bajo la esfera nacional (Lois, 2010; Zusman, 1996). En este contexto, la provincia de Buenos Aires necesitó delimitar sus fronteras (Cacopardo, 1967), lo que implicó la delimitación con Río Negro.
De esta manera, en 1878 la Ley 947 estableció que el límite occidental de la provincia de Buenos Aires se apoya en el meridiano 5° al oeste de Buenos Aires, que separa el margen occidental de dicha provincia y el margen oriental del territorio patagónico con una línea recta en sentido norte-sur.
Desde una perspectiva visual y totalizadora, el mapa se nos presenta sin conflictos (Bressan, 2020), esto supone una aceptación natural y una reproducción incesante por doquier (Anderson, 1983). Sin embargo, tal como sostienen Mazzitelli y Lois (2004), la creación y forma del territorio nacional es el resultado de la intervención de un sistema técnico, legal y político (Mazzitelli Mastricchio y Lois 2004). Esto que, en principio, es válido para la construcción del mapa nacional, también es apropiado para los recortes provinciales. Por lo tanto, es importante entender cómo fue el proceso de construcción de los límites provinciales para desnaturalizar y deconstruir al territorio de la República Argentina (Harley 2005).
Por ello consideramos fundamental comprender que el trazado del meridiano 5° fue una tarea técnico-política[1] que aún hoy despierta controversias. Situándonos en contexto, para la medición de este meridiano fue fundamental la tarea que realizó en 1880 el ingeniero Juan Pirovano (1847-1905), de quien narraremos su vida y formación académica para comprender cómo se estableció el límite meridiano 5°.
Por consiguiente, vamos a echar luz sobre la vida del ingeniero e intentaremos entrever por qué su tarea fue puesta en duda años más tardes cuando se estableció otro límite en el meridiano 10° hacia el oeste del anterior, generando un cuestionamiento que hoy sigue vigente en Río Negro, a pesar de la normativa que avala lo establecido por el ingeniero en 1880. A su vez, se enumerarán las leyes que sirven como normativa de separación para Río Negro con el resto de las provincias lindantes.
La Campaña del Desierto y el avance hacia el sur
El dominio efectivo del territorio nacional en la región patagónica no se logró hasta efectuadas las Campañas del Desierto en las últimas dos décadas del siglo XIX. Hasta ese entonces nuestro país encontraba en la Patagonia un territorio dominado por los pueblos originarios, situación que generaba una falta de dominación efectiva del territorio del sur para los intereses expansivos de la nación, que encontraba en esta región la posibilidad de adquisición de nuevas tierras productivas.
Efectivamente, tal como lo plantearon Benedetti y Salizzi (2014), la Campaña del Desierto supuso intereses productivos que encarnaban las expediciones. “La expansión agrícola iniciada a fines del siglo XIX incrementó en forma sostenida la superficie sembrada con trigo, maíz, lino, avena y cebada, durante la primera mitad del XX, con predominio en la región pampeana” (Bendetti, y Salizzi, 2014, p. 126).
Resulta lógico agregar que este proceso, además de su injerencia económico productiva para la Argentina, también produjo una reconfiguración y un nuevo proceso de delimitación interna dentro del espacio continental. Con la incorporación de las nuevas tierras a los dominios de la nación se terminaron creando nuevos territorios nacionales bajo la órbita de la administración central. El desplazamiento de la frontera con el indio y el avance en los procesos de delimitación conllevaron a la incorporación de extensas áreas que duplicaron la extensión del territorio, luego esas áreas pasaron a llamarse territorios nacionales (Benedetti y Salizzi, 2014).
Puede decirse, entonces, que el proceso de avance realizado por el Estado generó un incremento del territorio que debía delimitarse y administrarse bajo la órbita nacional con nuevos nombres y límites. Este proceso de delimitación y de nombramiento del territorio estuvo cargado de discusiones y controversias técnicas, legales y políticas. Es aquí donde este trabajo pretende ejemplificar mediante la delimitación de la provincia de Río Negro cómo la adquisición de esta porción territorial en el sur de la nación requirió un proceso político, técnico y legal en su conformación y creación a través de sucesivas etapas históricas que no tienen un final establecido y definitorio.
Hacia el este, el trazado del meridiano 5° y el cauce del Río Negro entre Río Negro y Buenos Aires
La tarea de demarcación del límite que sirve como frontera entre Buenos Aires con las provincias de La Pampa, Córdoba y Río Negro fue encomendada al ingeniero civil Juan Pirovano en 1880. Pirovano nació en Buenos Aires en 1847 y transcurrió parte de su infancia y juventud en Entre Ríos, donde se convirtió en agrimensor. Más adelante, en 1873 regresó a Buenos Aires a revalidar su diploma e ingresó en la Facultad de Ciencias Exactas, más precisamente en el área de Topografía. En 1876 terminó sus estudios y hacia 1878 recibió el diploma de ingeniero civil. Llegó a convertirse en docente de la facultad donde realizó sus estudios y ocupó los cargos de vicedirector y director de Hidráulica en la administración pública. Es con toda su trayectoria y prestigio que Juan Pirovano recibió la importante misión de realizar el trazado del meridiano 5° oeste de la provincia de Buenos Aires.
Pirovano realizó esta tarea estableciendo el límite hacia el poniente 550 km al oeste, trazando una línea con gran precisión, a pesar de los elementos y la tecnología disponible para la época. Este límite abarca, a su vez, en sentido longitudinal de 700 km desde la provincia de Córdoba al norte hasta el cruce del meridiano 5° con el cauce del río negro en la provincia homónima. Este límite fue puesto en duda, como veremos más adelante, en 1904 cuando el ingeniero Norberto Cobos con la tarea de demarcar el meridiano 10° entre las provincias de Río Negro y Neuquén encontró discrepancias con el trazado del meridiano 5° establecido por Pirovano. Juan Pirovano falleció el 27 de enero de 1905. Su trabajo nos permite afirmar que la construcción de límites muchas veces encuentra distintas miradas que deben resolverse en pos de hacer posible la administración de los territorios. Es así que la demarcación de Pirovano fue reafirmada por el artículo 1° de la Ley 18331 por decreto del Poder Ejecutivo nacional, poniendo fin al conflicto técnico, pero no al reclamo entre los Estados provinciales.
A su vez, en la misma en ley se establece la continuidad de la línea media del cauce normal del Río Negro como límite entre ambas provincias, entre la intersección del meridiano 5° con el cuerpo de agua hasta su desembocadura en el océano Atlántico. Por consiguiente, la misma Ley 18331 de 1969 sostiene que los 74 km de distancia que hay entre el meridiano 5° y la desembocadura del Atlántico sirven como frontera entre ambas provincias. A diferencia del meridiano 5°, este cauce medio se considera un marco legal no validado por el Instituto Geográfico Nacional en 2018 (Galeano 2022). Y si bien Buenos Aires avala la demarcación establecida por la Comisión Nacional de Límites Interprovinciales a través de la Ley 7492 de 1962 y Río Negro concuerda con la misma resolución con la Ley 605 de 1970, sin embargo, la descripción de detalles y traza en la cartografía no permite una identificación o representación precisa en una escala 1:100.000 (Cacopardo 1967). Por lo tanto, aunque hay leyes provinciales que justifican el límite y ambas partes las promulgan, aceptan y sostienen, la demarcación actual no encuentra una validación legal a nivel nacional, lo que demuestra el complejo proceso político, legal y normativo que atraviesa la construcción de las divisiones territoriales. En síntesis, el límite entre Buenos Aires y Río Negro se encuentra hoy validado por la ley 18331 que apoyó la medición de Pirovano en el meridiano 5°, mientras que los 74 km del cauce del Río Negro se encuentran sin un marco legal que lo valide.
Hacía el oeste: el meridiano 10° y sus repercusiones sobre el meridiano 5° entre Río Negro y Neuquén
La construcción del límite entre la provincia de Río Negro y Neuquén continúa su discusión hasta la actualidad. Efectivamente, en el año 2010 la legislatura de la provincia de Río Negro presentó, a través de la funcionaria Inés Lazzarini[2], argumentos y fundamentos históricos al Congreso de la Nación para que este ordene un estudio demarcatorio del meridiano 10° que sirve como límite entre la provincia mencionada y su vecina Neuquén. El límite demarcado no está esclarecido lo que continúa generando una disputa territorial y un conflicto sobre el uso de recursos entre ambas provincias.
En los fundamentos que llevaron al trazado de límites en la provincia rionegrina encontramos esclarecidos los que funcionan como separación entre Buenos Aires y Río Negro. En 1884, el Congreso nacional sancionó la Ley 1532 con el propósito de dividir la gobernación de la Patagonia y crear los Territorios Nacionales de la región, que surgen como consecuencia de la expansión de las fronteras internas y la ocupación de tierras mediante las campañas militares iniciadas en 1879. Por consiguiente, el meridiano 5° se reafirmó como límite entre Buenos Aires y Río Negro. Sin embargo, el trazado del meridiano 10° medido por el ingeniero Norberto Cobos (1865-1959) en 1904 estableció una discrepancia en cuanto a la ubicación del meridiano 5° delimitado por Pirovano en 1880[3]. Cobos planteó que el meridiano 5° de Pirovano se encuentra 418,35 metros desplazado al oeste de donde debería ubicarse, aduciendo a la falta de insumos técnicos en el contexto histórico del trazado y a la imposibilidad de conservar los amojonamientos con el paso del tiempo, los materiales y las distancias de la época (Sosa, 2022).
Todo esto conlleva a los reclamos por parte de la provincia rionegrina sobre el meridiano 10°, ese supuesto fallido de cálculo en el meridiano 5° desplaza la ubicación del meridiano 10° repitiendo el error. A pesar de esta discrepancia que marcó Cobos (y que, actualmente, es recuperada), en 1907 la ley 5217 volvió a encuadrar dentro del marco legal válido a la medición de Juan Pirovano, demostrando una vez más la relación intrínseca entre técnica y política en materia cartográfica.
Por lo tanto, la legisladora de la provincia rionegrina no tiene en cuenta las leyes que legitiman la medición de Pirovano cuando invoca una desventaja en cuanto a la cantidad de territorio y recursos que le corresponden a Río Negro como provincia.
Hacia el norte: el Río Colorado y La Pampa
En el caso del límite con la provincia de La Pampa no hay conflicto, ya que la división se apoya en el cauce medio del Río Colorado. El recorrido de dicho río en su separación con Río Negro comienza con un punto referente en la intersección de cuatro provincias (Mendoza, Neuquén, La Pampa y Río Negro) en el meridiano 10° y desde aquí se continúa el curso natural del Río Colorado hasta su intersección con el meridiano 5° oeste en el límite entre Río Negro y Buenos Aires. La Ley 1532 otorga marco legal a este límite que luego es reafirmado en 1907 con la Ley 5217.
Hacia el sur: el paralelo 42°
Al crearse los Territorios Nacionales en el norte de la Patagonia se comenzó por reconocer la función de los ríos como vías de penetración en el territorio (Dupey, 2020), y por ello se fueron utilizando los nombres de estos principales cursos para bautizar a las provincias: Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz son ejemplos de esto. Ahora bien, para dividir los territorios del litoral atlántico entre Río Negro y Chubut y entre Chubut y Santa Cruz se diseñaron simples franjas transversales apoyadas en paralelos para separar los territorios (Dupey, 2020). Por lo tanto, la división entre la provincia de Río Negro y la provincia de Chubut se sostiene en el paralelo 42°, a través de la resolución establecida por la Comisión Nacional de Límites Interprovinciales, del 30 de noviembre de 1967; por ende, la tarea de ambas provincias consiste en la demarcación de dicho paralelo sobre el terreno.
Las leyes que delimitaron los territorios de Río Negro con el resto de las provincias
El proceso legal de delimitación y construcción territorial es continuo, por ello haremos hincapié en la ordenación del marco legal mediante un cuadro de entradas que organice la división territorial entre la provincia bonaerense y la provincia rionegrina, en donde sucesivamente se irán enumerando los años y las leyes que sirvieron como marco legal para la construcción de las fronteras de los territorios nacionales (luego provinciales). De esta manera, lograremos ordenar secuencialmente el aval legal que permitió la configuración territorial de la región.
Año | Ley | Resumen | Firma |
1878 | 947 | En su Artículo 3° se declara el meridiano 5° oeste y línea del Río Negro como límites con Buenos Aires. | Avellaneda, Nicolás y Roca, Julio Argntino. |
1882/ 1969 | 18331 | Se fijan los límites interprovinciales entre Buenos Aires y Río Negro. En el Artículo 1° se promulga el meridiano 5° oeste de Buenos Aires efectuado por Juan Pirovano en 1881. En el Artículo 2° se establece el límite sur por la línea del cauce normal del Río Negro. En los Artículos 3° y 4° se dividen las islas del cuerpo de agua entre ambas provincias. | Onganía, Juan Carlos e Imaz, Francisco.[4] |
1884 | 1532 | El Congreso nacional dispone la división de la gobernación de la Patagonia. En el Artículo 3° se crea el Territorio Nacional de Río Negro con los siguientes límites: por el norte, el Río Colorado. Por el este, el meridiano 5º hasta tocar al río Negro, siguiendo este río y la costa del Atlántico. Por el sur, el paralelo 42º. Por el oeste, la cordillera divisoria con Chile, el curso del Limay, del Neuquén y prolongación del meridiano 10º hasta el Colorado. | Roca, Julio Argentino. |
1907 | 5217 | Se reafirma en la provincia de La Pampa las mediciones efectuadas por Pirovano en 1881. | Villanueva Benito y Ortiz de Rosas, Juan. |
1955 | 14408 | Este año se efectúa la provincialización de los Territorios Nacionales con la conservación de los límites establecidos previamente. Por ellos, Río Negro deja la órbita de la administración nacional y pasa a tener una administración provincial en su territorio. En el artículo 2° se establece a Viedma como capital provincial de Río Negro. | Albariño, Ramón y Benítez, Antonio. |
1967 | 17324 | Creación de la Comisión Nacional de Límites Interprovinciales. | Onganía, Juan Carlos y Borda, Guillermo. |
1969 | 7492 | Buenos Aires ratifica el convenio suscripto por la Comisión Nacional de Límites Interprovinciales. | Navas e Imaz, Francisco. |
1969 | 559 | Se acuerda en Río Negro el convenio celebrado en 1967 por la Comisión Nacional de Límites Interprovinciales, quedando el paralelo 42° cómo límite entre las provincias de Río Negro y Chubut. | Lanari, Luis. |
1969 | 18501 | Fijación de los límites entre la provincia de Río Negro y la provincia de Neuquén. En su Artículo 1° demarca todos los límites, en el inciso (a) respetando la línea demarcada en 1882 por los señores Octavio Pico y compañía en el meridiano 10°, en el inciso (b) las líneas medias de los cursos de los ríos Limay y Neuquén, en el inciso (c) subdivide las Islas en los Ríos Limay y Neuquén, en el inciso (d) demarca la jurisdicción del Lago Nahuel Huapi. | Onganía, Juan Carlos e Imaz, Francisco. |
1970 | 605 | Río Negro ratifica el convenio suscripto por la Comisión Nacional de Limites Interprovinciales. | Requeijo, Roberto. |
2007 | B 605 | Río Negro ratifica en democracia la Ley 605 de 1970 firmada bajo un gobierno de facto. | De Rege, Mario y Medina, Víctor Hugo. |
2007 | B 559 | Río Negro ratifica en democracia la Ley 559 de 1969 con el paralelo 42° cómo apoyo limítrofe con la provincia de Chubut. | De Rege, Mario y Medina, Víctor Hugo. |
De esta manera, ofrecemos visualizar temporalmente la construcción legal de los límites entre la provincia Río Negro y sus provincias lindantes, con un resumen de los elementos principales de cada ley, que no hacen más que demostrar que toda acción política va configurando el territorio y atravesando continuos cambios administrativos, es decir, la configuración de los territorios son procesos que nunca se cierran y están en continua construcción.
A modo de conclusión
El recorrido del marco legal en la cuestión limítrofe entre la provincia de Río Negro y sus vecinas nos demuestra que la construcción territorial va atravesando sucesivas etapas y dictámenes que modifican y forman configuraciones sobre el territorio de manera permanente y no definitiva.
El período histórico analizado nos muestra que más de un siglo de leyes (entre 1878-2007) tuvieron que intervenir para la delimitación del territorio provincial; y, a su vez, los trazados de límites, a pesar de las técnicas de medición, no se encuentran ajenos a conflictos. De hecho, la demarcación de los territorios, como el caso rionegrino, implica una combinación entre la técnica y el marco legal que pone de manifiesto la relación estrecha entre técnica (en este caso cartográfica) y política. Es oportuno volver a remarcar que la construcción territorial es un proceso continuo, porque de acuerdo con los contextos históricos y los intereses en disputa siempre se pueden generar transformaciones territoriales que deben ser encuadradas en un marco legal que las sostenga.
Bibliografía
Anderson, B. (1983). Comunidades imaginadas: reflexiones sobre el origen y la difusión del nacionalismo. México: Fondo de Cultura Económica.
Benedetti, A. y Salizzi, E. (2014). Fronteras en la construcción del territorio argentino. Cuadernos de Geografía: Revista Colombiana de Geografía, 23(2), pp. 121-138.
Bressan, R. (2020). Definir el territorio: debates y consensos en torno a la constitución de los límites provinciales (1862-1881). Revista de historia americana y argentina. Disponible en ttps://revistas.uncu.edu.ar/ojs/index.php/revihistoriargenyame/article/view/3993/2936#citations
Cacopardo, M. C. (1967). República Argentina; cambios en los límites nacionales, provinciales y departamentales a través de los censos nacionales de población. Publicación serie: Población y Sociedad, pp. 1-121. Buenos Aires: Instituto Torcuato Di Tella.
Dupey, A. M. (2020). Fronteras del folklore: identidades y territorialidades. Choele Choel Río Negro Argentina. Disponible en https://rid.unrn.edu.ar/bitstream/20.500.12049/8344/3/fronteras%20libro%20editado.pdf
Galeano, C. (2022). La definición de los límites interprovinciales de la República Argentina, una problemática vigente y de difícil solución. Bernal: Universidad Nacional de Quilmes.
Harley, J. B. (2005). Hacia una deconstrucción del mapa: la nueva naturaleza de los mapas. México: Fondo de Cultura Económica, pp. 185-207.
Lois, C. M. (2010). Paisajes toponímicos. La potencia visual de los topónimos y el imaginario geográfico sobre la Patagonia en la segunda mitad del siglo XIX. En Mapas de la mitad del mundo: La cartografía y la construcción territorial de los espacios americanos, siglos XVI al XIX. Centros de Estudios Geográficos de la Universidad de Lisboa.
Mazzitelli, M. y Lois C. (2004). Pensar y representar el territorio:
dispositivos legales que moldearon la representación oficial del territorio del Estado argentino en la primera mitad del siglo XX. Trabajo presentado en el 4to Congreso Virtual de Antropología y Arqueología. NAyA, Buenos Aires. Recuperada de https://www.equiponaya.com.ar/congreso2004/ponencias/carla_lois.htm
—— La ciencia y la política: dos aspectos intrínsecos del saber cartográfico argentino [1912-1941]. Geograficando, 8 (8), pp. 255-273.
Sosa, C. (2022). Enigma meridiano: el origen perdido. Bernal: Universidad Nacional de Quilmes.
Zusman, P. (1996). Sociedades Geográficas na promoção do saber ao respeito do território Estratégias políticas e acadêmicas das instituições geográficas na Argentina (1879-1942) e no Brasil (1838-1945), disertación de maestría, Programa de Posgraduación en Integración de América Latina, Universidad de San Pablo.
Fuentes
Ley 947/1878: Ley sobre la línea de fronteras de 1878, para la expansión territorial del Estado argentino.
Ley 1532/1884: Organización y límites de los territorios nacionales.
Ley 5217/1907: Provincia de Mendoza y La Pampa Central – Establecimiento de límites.
Ley 14408/1955: Provincialización de los Territorios Nacionales.
Ley 17324/1967: Comisión Nacional de Límites Interprovinciales – Créase.
Ley 18331/1969: Límites interprovinciales. Decreto fija los límites entre Río Negro y Buenos Aires.
Ley 7492/1969: Convenio sobre límites con la provincia de Río Negro. Buenos Aires.
Ley 559/1969: Límites territoriales. Convenio entre las provincias de Rio Negro y Chubut.
Ley 18501/1969: Límites Interprovinciales. Se fijan los límites de diversas provincias.
Ley 605/1970: Aprueba convenio celebrado entre las provincias de Río Negro y Buenos Aires, límites territoriales.
Provincia de Buenos Aires. Ministerio de Obras y Servicios Públicos. Dirección de Geodesia. Trazado del meridiano 5°.
[1] Mazzitelli Mastricchio (2012) propone que la técnica y la política son dos aspectos intrínsecos al saber cartográfico.
[2] Perteneciente al Partido Provincial Rionegrino Histórico.
[3] Es interesante el trabajo de Carolina Sosa (2022), que forma parte de este dossier, en cuanto a la inconclusa ubicación del meridiano 0° de origen en Buenos Aires.
[4] En el año 1882 se establecen por decreto del ejecutivo nacional las mediciones efectuadas por Juan Pirovano y los límites entre la provincia de Buenos Aires y Río Negro. Posteriormente, hacia 1969 se reafirman los límites mediante la Ley 18331.
[I] Juan Gabriel Bogado: Profesor de Educación Secundaria en Geografía.